viernes, 29 de enero de 2016

Clarín compró el 100% de Nextel. Ahora controla: diarios, radios, tv, cable, internet y telefonía


Fuente: http://kontrainfo.com/?p=1035

Con la adquisición del 51% que le restaba, el Grupo Clarín controla el 100% de Nextel, algo que había sido impedido por el anterior gobierno.
Con esta nueva adquisición a través de Cablevisión, el grupo liderado por Héctor Magnetto pasa a controlar la mayor parte de las comunicaciones del país, ya que administra los principales diarios, radios, canales de televisión, cableoperadores, internet y ahora también telefonía celular y el mercado 4G. A pesar de esto, para el Ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad “no hay concentración mediática en la Argentina”.
Según Cablevisión: “Se hizo uso de la opción para la adquisición del 51% del capital social y votos de Nextel Communications Argentina S.R.L. (Nextel) y en consecuencia ha devenido, directa e indirectamente, en titular del 100% del capital social y votos de Nextel, ad referéndum de la aprobación por el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)”.
El ENACOM es el ente creado por decreto “de necesidad y urgencia” de Mauricio Macri para sustituir a la AFSCA y a la AFTIC. Se desprende de su estructura que es un ente ad-hoc para beneficiar a Clarín y permitirle sortear las limitaciones que le imponía la Ley de Medios, evitar su adecuación y poder realizar estas nuevas adquisiciones.
Queda claro que las necesidades y urgencias del gobierno macrista no son las del país sino las de Héctor Magnetto.


jueves, 28 de enero de 2016

Otro gesto de Macri al Grupo Clarín: anuló la adecuación de Cablevisión a Ley de Medios

Los directivos de la unidad empresarial más importante que tiene el Grupo Clarín fueron convocados por el Gobierno nacional  el 12 de enero, día que quedó "sin efecto" los trámites que le viene exigiendo el Afsca a Cablevisión.


http://www.lmcordoba.com.ar/nota/225812_otro-gesto-de-macri-al-grupo-clarin-anulara-adecuacion-de-cablevision-a-ley-de-medios
 El Gobierno convocó a los accionistas de la empresa Cablevisión a una asamblea para dejar sin efecto el plan de adecuación a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que le había pedido la Afsca.
Fue a través de un comunicado en el Boletín Oficial que convocó a los apoderados de la empresa en la reunion  del  12 de enero en asamblea extraordinaria para modificar las resoluciones establecidas el año pasado y "dejar sin efecto todos los pedidos de autorización y/o registración en trámite relativos al Plan de Adecuación a ser modificado".
El comunicado informa también que en esa reunión se cancelaron "las decisiones de las asambleas de fechas 21-3-2014  y 30-6-2014 que resolvieron medidas societarias de  implementación de dicho plan de Adecuación, incluyendo sin limitación la escisión parcial de la Sociedad".
El Gobierno llamó entonces al directorio de Cablevisión para que analice, proponga y someta a consideración de la Asamblea" un nuevo plan modificado que tenga en cuenta "los mejores intereses de la Sociedad" pero también "refleje todos y cada uno de los criterios aplicados por la AFSCA", además de un "tratamiento de acciones en cartera".
Fuente: Noticias Argentinas
Foro de Convergencia Empresarial en noviembre de 2014. Mauricio Macri saluda afectuosamente a José Aranda y Héctor Magnetto, dos jerarcas del Grupo Clarín.
Foro de Convergencia Empresarial en noviembre de 2014. Mauricio Macri saluda afectuosamente a José Aranda y Héctor Magnetto, dos jerarcas del Grupo Clarín.

viernes, 8 de enero de 2016

El Decreto 267 y el fin de los debates

Por Damián Loreti, Diego de Charrasa
y Luis Lozano *
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-289841-2016-01-08.html
El decreto 267/2015 da cuenta de un conjunto de avasallamientos, no sólo en comparación con la Ley Argentina Digital y con la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), aunque en parte haga falta ponderar los aspectos suprimidos y modificados de ambas normas para adelantar posibles consecuencias.
En primer lugar, debemos detenernos en el modo de regulación. Dice la Constitución Nacional en su artículo 75 inciso 19 que es facultad del Congreso Nacional legislar en lo que hace a la defensa y promoción del patrimonio audiovisual nacional. En los considerandos del decreto 267 ni se menciona este artículo, evidentemente la vocación es otra.

Damian Loreti - Marcha por la defensa de la Ley de Medios


Autoridad de aplicación

El gobierno disolvió los organismos que intervino una semana atrás, para crear la Enacom. Un lustro discutiendo si la Afsca era o no plural. Ahora se terminaron los debates: son cuatro representantes por el Poder Ejecutivo. A ellos se suman tres por el Congreso –primera, segunda y tercera minoría–. O sea, cinco directores del oficialismo y dos de la oposición. Con el agregado de que cualquiera de ellos puede ser removido por el Ejecutivo “en forma directa y sin expresión de causa”.
Es decir, a cualquiera de los cinco representantes del oficialismo y también a los dos de la oposición los pueden despedir en 24 horas sin derecho de defensa ni expresión de causa. Menos protección para un director de Enacom que para un trabajador precario. También se terminó la representación para las provincias y las universidades. Y pensar que había quién se quejaba porque en Aftic o Afsca no participaban los usuarios con un director propio.
Al margen de lo expuesto, que existan una o dos autoridades de aplicación para temas de servicios de comunicación audiovisual y telecomunicaciones no resuelve el problema de la convergencia. Leyes mágicas de la convergencia no existen en ningún país del mundo. En el mejor de los casos hay reglas yuxtapuestas y a las autoridades únicas se les dan atribuciones diferenciadas referidas a cada actividad. Porque los servicios de comunicación audiovisual en línea se rigen por el paradigma de la Convención de Diversidad Cultural de Unesco, mientras que la regulación de las telecomunicaciones está alcanzada en gran parte por el marco de liberalización que impone la Organización Mundial del Comercio. En las primeras se protege a las industrias culturales nacionales. En las segundas, nada.

TV por cable y convergencia

Al darles la condición de prestadores de servicios TIC, es decir, equipararlos a las empresas de telecomunicaciones, se liberó a los proveedores de TV por cable de las obligaciones que impone la LSCA. Ya no hay límites de concentración, no hay obligación de emitir una señal propia, ni de pasar las señales locales de TV, ni de respetar el famoso orden de la grilla de señales. Se terminan las disposiciones de must carry, que obligaban a los cableros a incluir las señales producidas por otros y se crean así las condiciones para que, desde un nodo central, se emita un paquete de señales propio. Basta de discutir pluralismo, diversidad, contenidos locales, regionales, informativos, de la universidad local, de ficción propia e independiente. Será lo que interese del mercado. Por supuesto, tampoco hay porcentaje de contenido nacional. Convergencia, sí. Para el capital.
Desde el momento en que las señales de cable quedan eximidas de las reglas de techos de publicidad porque ya no están sujetas a lo que dispone la LSCA, el decreto genera una migración de los contenidos publicitarios al espacio del cable, donde la pauta está subsidiada por el abono. A la vez, las señales de TV abierta no tienen garantía de pantalla en la grilla de cable, por lo que corren el riesgo de quedar como meros proveedores de contenidos.

Transferencia de licencias

El decreto 267 derogó la limitación a la transferencia de licencia para los licenciatarios con fines comerciales, mientras que las cooperativas y otros prestadores sin fines de lucro fueron excluidos de este cambio. Terreno fértil para que los actores que ya ostentan posiciones dominantes en el mercado puedan aumentar su escala, liberados además de las incompatibilidades que imponía la LSCA.
Los licenciatarios comerciales también tendrán la posibilidad de abrir hasta el 45 por ciento de su capital a la capitalización bursátil. Por cierto, se prevé que los que están mal de papeles puedan vender a los que estén bien. En esta línea, al pequeño o mediano cable del interior que resistió como independiente, o se lo lleva puesto el cable más grande, o la TV por satélite, o las telefónicas en un par de años. La estimación de cantidad de fuentes de trabajo involucradas queda a criterio del lector según sus propias referencias. Pero sin duda serán muchas.
La habilitación de las transferencias va de la mano con el reinicio automático de licencias desde 2016 y la primera prórroga automática a los diez años por cinco más, un mecanismo que vulnera las más básicas garantías de pluralismo en el acceso al debate público. En este punto cabe recordar que los artículos 41 y 45 de la LSCA que regulaban las cuestiones vinculadas a la transferencia y los límites a la multiplicidad de licencias fueron declarados constitucionales por la Corte Suprema. Es decir que ya no estamos discutiendo derecho.

Telefónicas al freezer

Párrafo aparte corresponde dedicar a la situación de las empresas telefónicas. Podrán empezar a prestar servicios de radiodifusión el 1º de enero de 2018, salvo que Enacom disponga que haya un año más de espera. Con un organismo en el que los directores se remueven a sola firma presidencial y en un 2017 marcado por la contienda electoral de mitad de mandato, se verá quién logra marcar el pulso de esa decisión.
El decreto prevé que las licencias de radiodifusión se transformen en licencias de servicios TIC Argentina Digital y permite a los multimedios prestar telefonía y datos ya sin necesidad de pedir otra licencia ad hoc. En sentido contrario, las empresas que prestan servicios de TV por satélite no pueden dar servicios TIC. Y si tenemos en cuenta que DirecTV fue comprada recientemente por el gigante norteamericano AT&T y que poseía infraestructura para dar esos servicios en el país, cosa que ahora le estará vedada, parece claro quién salió perdiendo.
Por último, la Enacom queda constituida de hecho desde la promulgación del decreto y a partir del nombramiento de los cuatro representantes del Ejecutivo –aun sin los directores propuestos por las minorías parlamentarias– y tendrá facultades para sancionar. Esta entrada en funciones viola de manera directa el principio de legalidad y del juez natural.
Como dijimos al inicio, la legalidad exige que las reglas que prevén restricciones a cualquier derecho –y este es el caso– se discutan en el ámbito que el sistema republicano prevé para ello: el Congreso Nacional, con participación de mayorías y minorías. El decreto 267 también nos privó de esa garantía elemental.
* Docentes e investigadores (UBA). Cátedra de Derecho a la información.
Una versión más desarrollada de los argumentos que aquí se exponen puede encontrarse en https://www.facebook.com/no tes/damianloreti/eldecreto267yelfindelosde bates/897763896998578

EL JUEZ RECONDO RECHAZO LOS AMPAROS CONTRA LOS DNU DE MACRI QUE DISOLVIERON LA AFSCA

Nunca falta algún juez amigable

El juez platense dejó sin efecto la medida precautelar de su colega Luis Arias, quien había ordenado al Gobierno abstenerse de modificar la Afsca. Desde el entorno de Sabbatella cuestionaron las valoraciones políticas que hace el fallo.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-289838-2016-01-08.html
El juez federal platense Alberto Recondo rechazó ayer la acción de amparo contra los decretos del presidente Mauricio Macri que dispusieron la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca), la cesantía de sus directores y el traspaso al nuevo Ministerio de Comunicaciones. El magistrado dejó sin efecto además la medida precautelar dictada por el juez en lo contencioso administrativo Luis Arias, que ordenó al Ejecutivo abstenerse de “alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia” de la Afsca. Recondo sostiene que el Ejecutivo “pudo y puede proceder a la intervención de un organismo autárquico descentralizado como lo era la Afsca” y mencionó como precedentes las intervenciones del Inadi en 2011, de YPF y la Compañía de Valores Sudamérica (ex Ciccone) en 2012. Desde el entorno del ex titular de la Afsca Martín Sabbatella destacaron que la resolución carece de fundamentación jurídica y hace una valoración política impropia de un juez sobre los decretos, sugirieron que subyace al fallo una cuestión personal de Recondo con Arias por sus pertenencias a la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia y a Justicia Legítima, respectivamente, y anunciaron que lo apelarán el lunes ante la Cámara Federal de La Plata.

¿Quién es el Juez Recondo?


El amparo lo había presentado el delegado de la Afsca-La Plata Guillermo Guerín, que pidió la nulidad de los decretos 236/15 (que dispuso la intervencioón del organismo por 180 días y el cese de sus directores) y 13/15, que ordenó que sus funciones y competencias pasaran al Ministerio de Comunicaciones. Argumentó que se vulneraban “los principios constitucionales de división de poderes y razonabilidad” y existía una “amenaza concreta del derecho a libertad de expresión de todos los ciudadanos y ciudadanas”.
El 30 de diciembre, Arias declaró que como juez provincial era incompetente pero ante la “posible afectación a derechos de incidencia colectiva” como la información adecuada y veraz dictó una precautelar que ordenó al Gobierno abstenerse de suprimir o afectar derechos adquiridos, y dejó sin efecto todas las medidas adoptadas por la intervención hasta tanto hubiera un pronunciamiento de la justicia federal. Recondo cuestionó ayer la intervención de Arias y luego su decisión. Apuntó que el delegado de la Afsca pidió expresamente que el amparo lo resolviera Arias, que ese día no funcionó la red informática de la receptoría de expedientes para realizar el sorteo entre jueces y cuestionó que no se hiciera de forma manual. “En los hechos el señor magistrado terminó sustrayendo la causa de sus colegas provinciales (toda vez que omitió el pertinente sorteo, que pudo ser manual) y del juez federal que él mismo reconocía competente”, sostuvo.
El lunes último, el abogado Jerónimo Muzzio Lozano, en representación del Ministerio de Justicia que encabeza Germán Garavano, apeló y solicitó el levantamiento de la precautelar. También desde el Estado, bajo el impulso del procurador del Tesoro Carlos Balbín, se sostuvo que correspondía rechazar el amparo por entender que había “circunstancias graves y objetivamente impostergables” que justificaban el dictado de los decretos.
Recondo le dio la razón al Ejecutivo. La precautelar de Arias “careció de legitimidad por cuanto no se encuentra acreditada la existencia de actos de la autoridad pública que en forma actual o inminente lesionen, restrinjan, alteren o amenacen, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, los derechos y garantías explícita o implícitamente reconocidos por la Constitución Nacional”, sostuvo. “No abrigo ninguna duda” de que el Ejecutivo “pudo y puede” intervenir “un organismo autárquico descentralizado como lo era el Afsca”, escribió, y destacó que el Presidente es el “jefe supremo de la Nación (entendido como responsable del Poder Ejecutivo Nacional, bajo la forma republicana de gobierno), jefe del gobierno y responsable político de la administración del país”. “En ese contexto, por sí solo nombra y remueve a los funcionarios encargados de ejercer la administración central y descentralizada del país, dictando los reglamentos que fueren necesarios”, agregó. Recondo consideró que “existen numerosos precedentes de intervenciones decretadas en similares situaciones, muchas de ellas con menores y más limitados fundamentos” que el decreto 236/2015, que además estableció un plazo determinado (180 días) a partir de su publicación, y citó nueve antecedentes de los últimos 17 años, incluidos las intervenciones de la ex Ciccone, YPF y el Inadi.
Sobre el decreto 13/2015, que creó el Ministerio de Comunicaciones y dispuso que pasaran a ese ámbito las funciones y competencias de la Afcsa, el juez Recondo consideró que estaban “razonablemente cumplidas las exigencias de excepcionalidad” que permiten al Poder Ejecutivo “emitir disposiciones de carácter legislativo”, aunque luego agregó que la cuestión se volvió abstracta a partir de la creación por otro decreto del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom). “La actual normativa ha disuelto la Afsca como tal”, resumió, y agregó que el decreto 267/2015 le asignó al Enacom todas las competencias y facultades de la Afsca y de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Aftic).

jueves, 7 de enero de 2016

El gobierno removió por decreto a un director de Canal 7 que no aceptó renunciar

Se trata del kirchnerista Alberto Cantero Gutiérrez; tenía mandato por otros dos años en la TV del Estado y en Radio Nacional.



http://www.lanacion.com.ar/1859913-el-gobierno-removio-por-decreto-a-un-director-de-canal-7-que-no-acepto-renunciar


El presidente Mauricio Macri removió de su cargo a Alberto Cantero, director kirchnerista en Radio y Televisión Argentina (RTA). Lo hizo mediante el decreto N° 9 publicado hoy en el Boletín Oficial y que consta de sólo dos artículos, en el segundo de los cuales ordena: "Déjase sin efecto a partir de la publicación del presente decreto la designación del ingeniero Alberto Cantero Gutiérrez como director de RTA Sociedad del Estado dispuesta por el Decreto 2073/13".


Esta remoción se suma a la renuncia del ex presidente de esa empresa, controlante de Canal 7 y Radio Nacional, Tristán Bauer, y genera las dos vacantes que el ministro de Medios y Contenidos Públicos, Hernán Lombardi, necesitaba para poder ingresar en los medios del Estado nacional, que siguen manejados por la conducción residual que quedó del gobierno anterior. En el caso de la denominada TV Pública, sigue al frente Martín Bonavetti, y en el caso de Radio Nacional, el subdirector Vicente Muleiro (que reemplaza en los hechos a la renunciante directora María Seoane). Ahora, Lombardi debe resolver quiénes serán los directivos de esas emisoras, que en conjunto quedarán en manos del secretario de Medios Públicos, el periodista Jorge Sigal.

En el directorio de RTA, Lombardi espera contar con el acompañamiento de los hasta ahora directores opositores en el organismo, el radical Gustavo Cusinato y el socialista Marcelo Romeu. También seguirán en el directorio los representantes de las universidades estatales, Alejandro Verano, y de los sindicatos, Néstor Cantariño. Ambos dirigentes se referencian políticamente en el kirchnerismo. Cantariño fue secretario general del Sindicato Argentino de Televisión (SAT) aunque pradójicamente está enfrentado con parte de los empleados de las emisoras estatales que consideran que el gremialista votó decisiones "antisindicales" en el directorio. En tanto, Varano, cercano al ex vicegobernador bonaerense Gabriel Mariotto, fue decano de la Facultad de Periodismo y Comunicación Social de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). Fue esposo de la actual decana y concejal kirchnerista de esa ciudad, Florencia Saintout, con quien está enfrentado.


En los considerandos del decreto 9, que removió a Cantero, se aclara que la medida se dicta "en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la Constitución Nacional y por el artículo 132 de la ley 26.522" de medios. El inciso 1 del artículo 99 de la Carta Magna sostiene que el Presidente "es el jefe supremo de la nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración general del país" y el inciso 7 dispone que el primer mandatario "nombra y remueve a los embajadores, ministros plenipotenciarios y encargados de negocios con acuerdo del Senado; por sí solo nombra y remueve al jefe de gabinete de ministros y a los demás ministros del despacho, los oficiales de su secretaría, los agentes consulares y los empleados cuyo nombramiento no está reglado de otra forma por esta Constitución".

El mismo artículo 99 de la Constitución, pero en su inciso 19, fue el utilizado por Mauricio Macri como base jurídica para designar en comisión a dos jueces de la Corte Suprema, decisión que está suspendida por la Justicia y que el propio Presidente dejó pendiente hasta que se logren los acuerdos parlamentarios en el Congreso.


El director removido hoy de RTA, Alberto Cantero Gutiérrez, es ingeniero agrónomo, fue diputado nacional y presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara baja donde defendió la política del kirchnerismo para el sector, lo que le dio especial visibilidad durante el conflicto por la resolución 125 en 2008. Anteriormente fue rector de la Universidad Nacional de Río Cuarto, ciudad de la que también fue intendente. 

En RTA había sido designado en 2013 para un mandato de cuatro años, tal como estipula la ley de medios audiovisuales en su capítulo referido a los medios públicos. Tras el triunfo de Mauricio Macri en el ballotage, Lombardi inició conversaciones informales para provocar su renuncia y la de Bauer y con ambos logró un acuerdo de palabra que este último cumplió, pero que en el caso de Cantero se demoró. Según pudo saber La Nación, el político cordobés revisó su decisión de renunciar tras un pedido de la ex presidenta Cristina Kirchner.

Hasta ahora,Lombardi sólo designó a sus dos principales secretarios, Sigal y Gabriela Ricardes, secretaria de Contenidos Públicos, que tiene a su cargo el Centro Cultural Kichner (CCK), donde no se renovaron 600 contratos; Tecnópolis; las señales de TV Encuentro, Paka Paka y DeporTV; y el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (Bacua), entre otros programas y organismos provenientes de distintos ministerios. Muchos otros cargos están todavía por definirse, entre ellos el del presidente de la agencia Télam -función que terminaría ejerciendo el periodista Rodolfo Pousá, que sería acompañado por el periodista Ricardo Carpena-.





Nerón con lapicera. Sobre el decreto de creación de Enacom y reforma de LSCA

afsca
Francisco Godinez Galay*.-  El juez platense Luis Arias había acogido el 30 de diciembre una presentación en contra de la intervención en la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual. En su fallo dictaba una medida precautelar que prohibía que hubiera modificaciones al organismo del 29 de diciembre en adelante. La lógica intención era que no hubiera más cambios hasta tanto no se resolviera la cuestión de fondo por la nulidad o no de los decretos con los que el gobierno avanzó sobre la autoridad de aplicación de medios audiovisuales.
Sin embargo, el gobierno, el 30 de diciembre anunció un nuevo decreto, el que daría nacimiento al Ente Nacional de Comunicaciones -Enacom- que unificaría los temas de medios audiovisuales y telecomunicaciones, y por lo tanto, disolvería tanto AFSCA como la autoridad de aplicación de la Ley Argentina Digital, AFTIC.
De todos modos, solo era un anuncio y faltaba la publicación en el Boletín Oficial para que fuera real. No creímos que fueran capaces: la justicia había dicho explícitamente que quedaba prohibida cualquier modificación de AFSCA. Y disolverla, ¡vaya que es una modificación!
El lunes 4 de enero, en la página 9 del Boletín Oficial apareció el decreto -uno más, y van- con número 267 que crea el Ente Nacional de Comunicaciones. No importó lo que dijo la justicia.
Y no solo eso, el mismo decreto, en una flagrante falta de institucionalidad, división de poderes y ética republicana, publica explícitas modificaciones a artículos de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y a la Ley Argentina Digital. Como un Nerón moderno para quien su fuego es la tinta con la que expresa su firma, lo que parece importarle a Macri es avanzar, dominar, incinerar todo lo conocido aún a riesgo de quemarse, como vía rápida para construirse un escenario a medida. A espaldas de todos los acuerdos y formas de convivencia sociales. Rousseau se revuelva en su tumba.
El ENACOM será un ente autárquico y descentralizado, en la órbita del Ministerio de Comunicaciones. Tendrá las competencias que anteriormente correspondían a AFSCA y AFTIC, y curiosamente eso no deja sin efecto que el Ministerio en sí también tenga algunas atribuciones de su competencia (art. 2). Poseerá un presidente y seis directores, tres de ellos nombrados por el PEN y tres por la “Comisión Bicameral de Promoción y Seguimiento de la Comunicación Audiovisual, las Tecnologías de las Telecomunicaciones y la Digitalización” (art.5), a la que podríamos llamar como “Comisión Lluvia de Tags”.
Asimismo, si bien modifica artículos de la Ley Argentina Digital, solo nos concentraremos en las modificaciones que hace de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
Reforma entre otros el artículo 38 de adjudicación a demanda de licencias para cable y servicios digitales. Excluye el cable, ya que pasa a la órbita de las telecomunicaciones (art.14). Permite prórrogas de propiedad de licencia de 5 años + 10 años. Es decir, posibilidad de extender licencias 15 años (art. 15). El artículo 16 del decreto reforma el 41 de la Ley y permite las transferencias de licencias, salvo para licenciatarios sin fines de lucro. Se modifican los límites a la cantidad de licencias, quedando para el orden nacional un máximo de 1 de servicios en soporte satelital y 15 de tv abierta o radio. Extiende de 3 a 4 las licencias totales para el ámbito local (art. 17). El artículo 18 extiende de 15% a 45% el porcentaje de capital accionario de un medio que puede comercializarse en el mercado de valores; entre otras modificaciones.
Curiosamente, el artículo 28 crea en el ámbito del Ministerio una comisión para reformar las leyes alcanzadas por el decreto. Sin embargo, dice en los Considerandos, que como eso es insuficiente, reforma varios artículos en el mismo texto del decreto.
En los mencionados Considerandos podemos tener un pantallazo de las motivaciones e intereses de las reformas, y de la visión de sus ejecutantes. A modo de juego y síntoma, nos puede decir mucho saber que la palabra “industria” se menciona 22 veces, “convergencia” 16, “competencia” 11, “consumidores” 7, “inversión” 6, “mercado” 5. Ah, y “libertad de expresión” y “acceso a la información”, 4 veces, “derechos” 3, “brecha digital” 2. Y “concentración”… Concentración solo 1…


*Director Centro de Producciones Radiofónicas-CEPPAS

Enacom, entre críticas y anuencias

Finalmente se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 267 sobre medios y telecomunicaciones. Y las críticas y las aceptaciones no tardaron en llegar.

Página y Tiempo unieron hoy sus plumas contra la medida que “modifica” la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, “disuelve” el Afsca y la Aftic y crea el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom).

http://www.diariosobrediarios.com.ar/dsd/notas/5/3153-enacom-entre-criticas-y-anuencias.

Fuente: Tiempo


Con la firma de Werner Pertot, Página reparó en las críticas del kirchnerismo, de la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, y de la abogada Graciana Peñafort.

Según Pertot, “las modificaciones que Macri resolvió hacer vía DNU apuntan al corazón antimonopólico de la norma” ya que, según afirmó, “la modificación más importante es que las empresas de cable pasan a tener una licencia nacional única, lo que las exceptúa de cualquier cláusula antimonopólica”.

El matutino le dedicó varias líneas a las palabras de Martín Sabbatella y remarcó que la Asociación Argentina de Televisión por Cable “fue de las primeras en festejar el DNU”.

Además, anotó que la Defensora del Público, Cynthia Ottaviano, “solicitó la intervención de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dado que consideró que las modificaciones a dos leyes por el decreto de Mauricio Macri “vulneran los estándares internacionales en materia de autonomía, independencia y pluralidad de este tipo de autoridades de medios audiovisuales””.


Página también publicó una entrevista al juez Miguel Julio Rodríguez Villafañe, elaborada por Martín Granovsky, donde analizó el DNU y las modificaciones a la “ley de medios”.

Al mismo tiempo, Ailín Bullentini reparó en las palabras de la abogada y redactora de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Graciana Peñafort quien consideró “absolutamente ilegal” la “maniobra” de Macri.
Entre tanto, advirtió Tiempo por el “fin de la Ley de Medios” y valoró que “a partir de ahora será el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) el que determinará que el mercado audiovisual se vuelque una vez más a la concentración mediática terminando, como preveía la Ley de Medios, con la pluralidad de voces y opiniones”.

Además, señaló que “el traslado del sistema de televisión por cable a las denominadas tecnologías de la información (TI) y las comunicaciones y de las telecomunicaciones (TIC) ya no obliga a los prestadores a contar con un canal local con producción propia. Esto puede provocar la desaparición de estos canales y, por ende, la pérdida de voces y puestos de trabajos”.

En la misma línea crítica, Ámbito opinó que el DNU tiene un “diseño a medida” para Cablevisión. En su nota, Silvia Peco subrayó que “aun cuando el decreto se fundamenta entre otras cosas en que la ley de medios 'es anticuada y distorsiva', una de las primeras medidas que incluye es el congelamiento de la situación actual por un extenso período”.

Así, enfatizó que la medida “implica además la ampliación de derechos para Cablevisión del grupo Clarín, mientras las empresas de telefonía básica y móvil, las únicas con recursos para poder competirle, sólo podrán ofrecer televisión por cable el 1 de enero de 2018, plazo que el ENACOM podrá extender por un año más”.


DNU CON OTRA FECHA


Página editó que la decisión se dio tras la intervención de la Afsca y la Aftic y de la clausura de sus oficinas con la policía, que luego fue suspendida por una medida precautelar firmada por el juez de La Plata Luis Arias. En este marco, agendó que el decreto 267 publicado ayer tiene 15 páginas, en las que modifica la ley de medios y la de Argentina Digital.

No obstante, destacó, “lleva la fecha del 29 de diciembre de 2015, un día antes del fallo del juez Arias que ordenó no tomar medidas que modifiquen las funciones de la Afsca (el DNU la disuelve)”.

VOCES A FAVOR

 
En Clarín, Alejandro Alfie consideró que con las modificaciones se “promueve la competencia”, lo que “permitirá que mejoren los servicios que llegan a los usuarios, ya que todos tendrán que mejorar sus redes, para dar TV paga, Internet y telefonía por la misma red, que articularán con servicios móviles, para dar paquetes de triple y cuádruple play”.

Además, Alfie sostuvo que otro tema “destacable” es que el DNU habilitó un pedido de prórroga en las licencias de los medios audiovisuales por 10 años, con una prórroga automática de cinco años más, que podrán solicitar los actuales licenciatarios, hasta fines de 2016 y comparó esta última medida con la que “tomó en 2005 el ex presidente Néstor Kirchner, cuando con un DNU extendió por 10 años el plazo de duración de todas las licencias de medios audiovisuales, que luego agregaban los años que les quedaban para el vencimiento de esas licencias”.

El Cronista, por su parte, agendó que con el DNU, el Gobierno busca “normalizar las actividades” de la Afsca y de la Aftic. Ambos organismos, remarcó Andrés Sanguinetti, fueron “emblemas del arbitrario y sospechoso avance del kirchnerismo sobre los medios de comunicación y las empresas de telecomunicaciones”.

Finalmente, José Crettaz en La Nación consignó que “Con De Godoy al frente, hoy se pone en marcha el nuevo Enacom”. Con poca adjetivación, el periodista reparó en los “aspectos clave” que se reformaron de las leyes de medios y de telecomunicaciones.

Anticipó Crettaz que “tal como viene ocurriendo en torno de la ley de medios, lo más probable es que la puja judicial continúe durante meses”.

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ENTREVISTA AL JUEZ ARIAS SOBRE EL DNU QUE ELIMINO LA AFSCA Y LA AFTIC

“Están cometiendo varios delitos”

El magistrado que dictó la medida precautelar tras la intervención del organismo criticó la decisión de Macri. Aseguró que el Ejecutivo avanzó contra el Poder Judicial, se viola la Constitución y se afecta “gravemente la libertad de expresión”.
http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-289759-2016-01-07.html


Por Ailín Bullentini
El juez en lo Contencioso Administrativo número 1 de La Plata, Luis Arias, advirtió que el presidente, Mauricio Macri, y algunos funcionarios de su gobierno cometieron “varios delitos” al avanzar en la disolución de la Autoridad de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) y la modificación de artículos clave de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) pese a la precautelar de no innovar que dictó la semana pasada. “La medida es bastante clara como para ser interpretada de diferentes maneras”, por lo que “está clara la intención de parte del Ejecutivo de avanzar no sólo en contra de una ley votada por el Congreso sino en contra del Poder Judicial también”. Según su análisis, el Gobierno aprovechó el “contexto temporal particular” de fin de año y feria judicial y se valió de su complicidad con “ciertos medios” para actuar “en un marco de invisibilidad” y cambiar una ley “revestida de legitimidad”. “Es digno de un Estado totalitario”, sentenció. La causa quedó ahora en manos del juez Alberto Recondo.
–Pese a la precautelar que dictó de no innovar en la estructura de la Afsca, el Gobierno desintegró el organismo y lo fusionó con la Aftic vía decreto de necesidad y urgencia. ¿Cómo lo analiza?
–Por un lado, la medida obliga a que la situación en la Afsca quede tal cual estaba el 29 de diciembre, la congela en esa fecha y busca evitar despidos de trabajadores, remoción de funcionarios, modificación del organismo, otorgamiento de derechos como permisos, licencias, etc. No se suspendió la intervención de la Afsca (NdR: ésa era la cuestión de fondo de la denuncia sobre la que dictó la precautelar), pero sí se la limitó a la posibilidad de realizar actos de administración que no alteren, supriman u otorguen derechos. Luego, la medida establece que todo decreto o reglamento que se dicte con posterioridad a la fecha de la precautelar queda suspendido de pleno derecho, es decir automáticamente. Hoy el decreto 267/2015 está suspendido.
–Desde el Gobierno interpretan que la precautelar no tiene validez. Se basan en la fecha del decreto, del mismo día de su resolución, y en que usted no es competente. ¿Es posible esa múltiple interpretación de la situación?
–La cautelar dictada es bastante clara como para evitar situaciones ambiguas. Si avanzaron con la creación de un organismo con actos que impliquen la modificación de la Afsca creo que hay una violación muy clara de la medida cautelar. Y si bien en el Derecho no existe una solución única posible sino un marco de racionalidades posibles, de todos modos en este caso queda muy poco margen para dar lugar a otras interpretaciones: está clara la intención de parte del Ejecutivo de avanzar no sólo en contra de una ley votada por el Congreso sino en contra del Poder Judicial también. La cuestión de la fecha resulta sorprendente. El día miércoles 30, cuando anunció la modificación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, el ministro Peña dijo que el decreto se iba a firmar. Sin embargo, el lunes apareció firmado, por él inclusive, con fecha del 29 de diciembre. Peña no puede desconocer que él mismo había firmado el decreto antes de anunciarlo, cosa en la que por cierto se contradijo. Allí existe una incongruencia y habría que analizar una posible situación delictiva en torno de la falsificación de documento público, incumplimiento de deberes de funcionario público.
–¿Y la competencia? Usted advierte que no puede actuar sobre la cuestión de fondo...
–Yo soy incompetente para definir la cuestión principal, la nulidad de los decretos de la intervención de Afsca y del traspaso de sus funciones al Ministerio de Comunicaciones. Pero sí tengo una competencia transitoria para decidir cuestiones urgentes. Así lo establece la ley de medidas cautelares que se dictó durante el kirchnerismo (la número 26.854) justamente por las conflictividades con la Afsca. Sí lo soy también de acuerdo al artículo 196 del Código Procesal Civil y Comercial, pero además esto es algo muy común dentro del Poder Judicial. La propia Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado medidas cautelares siendo incompetente. El descalificar la precautelar porque quien la dictó no es competente es un argumento que realmente no lo podría esgrimir ni un estudiante de Derecho; es más una excusa que otra cosa. De todas maneras, aun si fuera válido, eso no habilita a incumplir una norma, una decisión judicial. Lo que hay que hacer es apelarla, pedir la habilitación de la feria judicial, pedir al juez federal que la revoque, a la Cámara de Apelaciones, en fin... pero nunca incumplirla.
–No sólo se publicó el decreto que modifica la Afsca y deroga artículos de la LSCA, además se oficializó la creación del organismo que lo reemplaza, el Ente Nacional de Comunicaciones.
–Al avanzar en la implementación de actos que impliquen la desaparición de la Afsca, su fusión con otros organismos, la remoción de empleados, se está violando la medida precautelar con un evidente matiz delictivo, según lo previsto en el artículo 239 del Código Penal. Pero más allá de la cuestión jurídica, lo preocupante aparece desde el punto de vista institucional. Porque esto implica avanzar hacia un Estado de corte totalitario. Desconocer el Congreso mediante la modificación de leyes por decreto, desconocer el Poder Judicial implica que el Poder Ejecutivo asume todas las funciones de gobierno. Y esto es digno nada más ni nada menos que de un Estado totalitario. Es disvalioso, además, el accionar en torno de una ley particularmente discutida, con un gran consenso en su aprobación y aplicación. Y el precedente es terrible. Desde el punto de vista de una democracia real, la ley fue votada por el Congreso por amplia mayoría y antecedida de un debate muy amplio a nivel nacional en donde la sociedad tuvo el uso de la palabra de manera directa, lo cual la viste de legitimidad. ¿Modificarla sin pasar por el Congreso, e incluso, por decreto de necesidad y urgencia? Si quieren cambiar la ley, deben llamar a sesiones extraordinarias del Parlamento. Así lo plantea la Constitución.
–La judicialización de esa norma también sentó jurisprudencia que la avaló. ¿Por qué cree que el Gobierno no tuvo eso en cuenta?
–Hay una intención de avanzar contra todo y frente a todo, violando todos los caminos que la Constitución impone. Y eso ha sido soslayado por muchos medios y por parte de la sociedad también. El fin no justifica los medios. Esto va a afectar gravemente la libertad de expresión, algo que mencionamos en la precautelar. La acción del Gobierno en este ámbito viola todos los estándares internacionales en torno de la libertad de expresión y puede comprometer la responsabilidad internacional del estado en esta materia.
–Según explicó, el Gobierno ya habría cometido varios delitos. ¿Se puede pensar en que esta situación continúe a pesar de las violaciones?
–Cuando uno se pone del lado de los poderosos siempre es más fácil todo. Hay complicidad entre el Gobierno y ciertos medios, lo que le posibilita la acción en un marco de cierta invisibilidad. No es que no se ven las acciones, lo que no se muestra es su halo delictivo. Y además, debemos decir que hay una gran parte de la sociedad que permanece indiferente. El Gobierno aprovechó un contexto temporal particular para evitar el debate y que la gravedad de la situación no se vea: fin de año, la gente piensa en las vacaciones. Probablemente con el tiempo la sociedad vaya tomando conciencia de la gravedad que implica avasallar las instituciones de este modo, pero el verdadero problema es el mientras tanto.

La Defensoría del Público pidió una reunión en carácter urgente en la OEA

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 El organismo solicitó la intervención de la CIDH ante los decretos que afectan la LSCA y su organismo de aplicación, emitidos por el Gobierno Nacional al que también anteriormente le envió un escrito solicitando dejar sin efecto esas medidas. 
La Defensoría del Público envió un escrito dirigido al Relator Especial sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Edison Lanza, para solicitarle una reunión en carácter urgente. También le solicitó su pronta intervención “en el marco de sus facultades” y sus competencias debido a los decretos emitidos por el Gobierno Nacional, que disponen la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la remoción de su Directorio.
La Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, solicitó la intervención de la CIDH “en el marco de sus facultades” ante la sanción de los decretos emitidos por el Gobierno Nacional que afectan a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y a su organismo de aplicación. En la nota, señala que se trata de “una situación que amenaza el respeto de los principios que desde el sistema interamericano se han defendido” puesto que se están “vulnerando los estándares internacionales en materia de autonomía, independencia y pluralidad de este tipo de autoridades de medios audiovisuales”.
Leídas en conjunto, las medidas dictadas por el Gobierno Nacional “desarticulan todo el andamiaje institucional que la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) había creado para garantizar la autonomía, independencia y pluralismo de la Autoridad de Aplicación y para dar adecuado cumplimiento a los estándares internacionales en la materia”, señala la misiva.
La Defensora del Público, Lic. Cynthia Ottaviano, solicitó la intervención de la CIDH “en el marco de sus facultades” ante la sanción de los decretos emitidos por el Gobierno Nacional que afectan a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) y a su organismo de aplicación
La solicitud de “urgente intervención” efectuada por la Defensoría al Relator Especial para la Libertad de Expresión de la OEA, Edison Lanza, tiene “el fin de evitar que las medidas adoptadas signifiquen un retroceso en la protección de los estándares interamericanos en materia de libertad de expresión”. Por otra parte, pide al Relator que “arbitre los medios necesarios para convocar a una audiencia con carácter urgente con el objeto de analizar la situación aquí planteada”.
La presentación ante Lanza se fundamenta en los reclamos que han presentado ante la Defensoría del Público las audiencias de la radio y la televisión, representantes de Universidades, medios de comunicación y organizaciones campesinas y de pueblos originarios, redes de comunicación comunitaria, sindicatos, entre otros actores y sectores sociales.
Una de las presentaciones ante el organismo fue realizada “en representación de la Red de Carreras de Comunicación Social y Periodismo de Argentina (REDCOM), integrada por 25 universidades de todo el país, para denunciar la vulneración de nuestros derechos implicada en el decreto 236/2015 que interviene la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (AFTIC)”.
También expresaron su preocupación desde la “Unión de Trabajador@s Rurales Sin Tierra, parte del Movimiento Nacional Campesino Indígena (UST-MNCI)” que consideró la intervención de la AFSCA “un claro ataque a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), por parte del nuevo gobierno nacional en la figura del Ministro Oscar Aguad. Con un desproporcionado despliegue policial y con un DNU que incurre en la ilegalidad, al no respetar la LSCA vigente, se interviene la AFSCA y la AFTIC, en un hecho de gravedad institucional sin precedentes”.
“Ante la anunciada intervención del AFSCA por parte del ministro Aguad, solicito la intervención de la Defensoría del Público, en defensa de la Ley No. 26522 y su espíritu de libertad de expresión”.
La intervención de la AFSCA “un claro ataque a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA), por parte del nuevo gobierno nacional en la figura del Ministro Oscar Aguad
La intervención de la Defensoría del Público fue demandada también desde la “Comunidad Educativa Creciendo Juntos DIPREGEP 7848 en la cual desde hace dos años funciona la Radio Escolar Comunitaria en nuestra escuela”. Señalaron que “Para estudiantes, familias y docentes la posibilidad de visibilización que nos otorgó la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, posibilitó hacer posible el Derecho a la Comunicación de todos los que hacemos la Escuela todos los días”.
“Solicito la plena vigencia de la Ley de Servicios Audiovisuales, por consiguiente la continuidad del AFSCA y AFSTIC. Es una ley democrática y sancionada por el Congreso, que garantiza la libertad de expresión y de información, así como la pluralidad de voces. No puede ser vulnerada por un decreto. La vulneración de la ley constituye un atentado a los derechos de todas y todos los ciudadanos argentinas/os”.
Previamente, la Defensoría del Público envió un escrito donde solicita al presidente Mauricio Macri dejar sin efecto las medidas adoptadas en el Decreto de Necesidad y Urgencia 13/2015 y en el Decreto 236/2015. Este último declaró la intervención de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y la remoción de su Directorio. En la nota, la Defensoría solicita al Presidente de la Nación que se dejen sin efecto las medidas adoptadas y ajuste los actos de gobierno a la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales a ella incorporados, las leyes vigentes y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El escrito fue recibido por el Gobierno Nacional y hasta el momento no obtuvo respuesta. Por el contrario, fue publicado en el Boletín Oficial un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia, el 267/2015 que modifica aspectos centrales de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

miércoles, 6 de enero de 2016

Denuncian a Macri,Peña y Aguad por el DNU contra la Ley de Medios



Delegados de la ex AFSCA hicieron una presentación contra los tres funcionarios por desobediencia a una orden judicial y supuesta falsedad ideológica de documento público. Universidades y empresas cooperativas también preparan sus amparos. Las insólitas irregularidades legales.


El juzgado Federal N° 3 de La Plata recibió ayer una denuncia por desobediencia a una orden judicial y presunta falsedad ideológica de documento público contra el presidente de la Nación, Mauricio Macri; su jefe de Gabinete, Marcos Peña; y el ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad. Como anticipó Tiempo, la presentación fue radicada tras la decisión del gobierno de desestimar la medida precautelar dictada por el juez platense Luis Arias que impedía adoptar medidas que modificasen las facultades y atribuciones de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) en el marco de la Ley de Medios, algo que fue ignorado con la publicación del decreto de necesidad y urgencia que modificó aspectos sustanciales de esa norma. En paralelo, en el mismo Juzgado fue presentada una denuncia penal por los mismos cargos contra la plana mayor del Poder Ejecutivo. Universidades con participación en la autoridad de aplicación y empresas cooperativas perjudicadas con los alcances del DNU preparan sus amparos, algunos de los cuales fueron interpuestos ante la Justicia de San Martín. Además, se pidió que se habilite la feria judicial para bloquear la polémica decisión gubernamental.

Ante el juzgado platense que está de turno durante la feria judicial de enero, a cargo de Ernesto Kreplak, el delegado regional de la ex AFSCA, Luis Guerín, amplió la denuncia que tuvo como antecedente la decisión de no acatar el fallo de Arias por parte del comisario encargado del operativo policial y del entonces interventor del órgano designado por el Ejecutivo, Agustín Garzón. Esa denuncia se había radicado el último día del año, luego de que no se le permitiera el ingreso a las instalaciones de unos 15 directores a los que el fallo judicial habilitaba a regresar a sus funciones. Apenas Arias dictó la precautelar, giró las actuaciones para que intervenga la justicia federal de La Plata, que tiene la competencia para atender el reclamo.

Ahora, ese mismo juzgado deberá analizar si Macri, Peña y Aguad son responsables de haber infringido el artículo 239 del Código Penal que establece que quien desobedeciere una orden de una autoridad competente (en este caso el fallo de un juez), recibirá penas de 15 días a un año de prisión. Pero los denunciantes agregaron que también se cometió el delito de falsedad ideológica de documento público, por haber publicado en el Boletín Oficial del 4 de enero el DNU fechado el 29 de diciembre de 2015, teóricamente 24 horas antes de que Arias ordenara al Ejecutivo que "se abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos u otorgar nuevos derechos a la AFSCA" y declaró nulo el anuncio de la creación del Ente Nacional de Comunicaciones (ENaCom).

En la denuncia se recordó que el día 30 de diciembre, durante el anuncio en Casa Rosada, Peña precisó: “Hoy estamos firmando un decreto de necesidad y urgencia que tiene tres líneas principales”. En ese razonamiento, indican, el DNU no estaba firmado al momento de comunicar la decisión del Ejecutivo y esa misma jornada, a las 16, ya fue notificado del fallo de Arias que resolvió "la prohibición de alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia de AFSCA". Por esto es que se postuló que el DNU fue “antedatado”, con el fin de eludir la medida judicial, a lo que además se le sumaría que la fecha de firma coincide con el período en el que el Presidente se encontraba de vacaciones en el sur del país, y no en Buenos Aires, como figura en el escrito. Ante la inminencia de la aplicación de la nueva disposición, se pidió que se habilite fecha y hora de la feria para avanzar en el expediente durante el receso de enero, algo que la justicia tendrá que definir si pondera como urgente.

Mientras tanto, el diputado provincial del Frente para la Victoria Adrián Grana presentó ante ese Tribunal de La Plata una denuncia penal contra los mismos funcionarios por desobediencia y falsedad ideológica. Los Tribunales federales de San Martín también fueron escenario de amparos solicitados por empresas cooperativas prestatarias de servicios de comunicación, afectadas en su operatoria con los alcances del DNU. Universidades nacionales con injerencia, según la ley en la autoridad de aplicación y asociaciones de defensa del consumidor están redactando sus propios reclamos a los que se podrían sumar los integrantes de la Coalición para una Comunicación Democrática, organización impulsora del andamiaje de la Ley de Medios.

A su vez, se evalúan medidas por violación de la Ley Antidiscriminación por parte de las nuevas autoridades que decidieron ayer el cese inmediato de contratos de empleados de distintas jurisdicciones de AFSCA en base a su presunta identificación con el partido político que conduce el desplazado presidente del ente, Martín Sabbatella. «
Despidos bajo control policial
La intervención policial  de los organismos públicos parece ser parte del estilo de gobierno del presidente Mauricio Macri. El foco de este despliegue volvió a ser la AFSCA, intervenida por Ejecutivo desde antes de la navidad. Ayer, los trabajadores del organismo se presentaron en la puerta del edificio de la calle Suipacha y se encontraron con el lugar vallado y rodeado por personal de la Policía Federal y la Gendarmería. A los empleados se les pidió que se pusieran en fila y se los obligó a pasar por el control con el documento en la mano. Antes de ingresar, una persona revisaba una lista en la que tenía anotados los nombres de las personas que habían sido despedidas. Alrededor de 40 personas fueron dejadas sin trabajo. La mayoría habían sido señaladas como simpatizantes de Nuevo Encuentro, el partido de Martín Sabbatella.